martes, 25 de junio de 2013

Observaciones para el Segundo Debate del “PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

             006- ADC-AN-2013
Quito, D.M. ,  12 de junio de 2013


Señor
Richard Calderón Saltos
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ESPECIALIZADA PERMANENTE DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS, DESCENTRALIZACIÓN,COMPETENCIAS Y ORGANIZACIÓN DE TERRITORIO
Presente.-

En su Despacho:


En mi calidad de asambleísta por la provincia del Guayas  y en uso de las facultades que me confiere la Ley Orgánica de  la Función Legislativa, me permito presentar las observaciones  para el segundo debate del “PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA”.

Antecedente:

En mención  a lo que  expresa  la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 288, establece que: Las compras publicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad  ambiental y social,  Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en participar  los provenientes  de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas.

Esta reforma surgen con el fin de avanzar y adquirir un sistema Nacional de Contratación Publica, como un servicio con personalidad jurídica y autonomía administrativa. Con la Ley  Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, publicado en el suplemento del Registro Oficial No. 395 de 4 de Agosto del 2008, el mismo que mediante Decreto Ejecutivo  No. 1700, publicado en Registro Oficial Suplemento  No. 588 de 12 de mayo de 2009, se expide el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional  de Contratación Pública; se hace necesaria esta reforma para la inclusión de los actores de la economía popular y solidaria, que responda a los procesos  de cambios que actualmente vive el Ecuador;  este proyecto de revolución ciudadana, el que promueve el bien común y antepone el interés general al interés particular, conforme al Buen Vivir. Como bien sabemos las leyes y normas son acuerdos sociales, que recogen las mejores y grandes ideas de todos los sectores sociales por eso creemos justo  que haya una reforma a esta ley, para estar a tono al Plan de Buen  Vivir, dado que el marco jurídico actual de esta ley y la práctica administrativa no responde a los intereses del Ecuador por lo tanto es apremiante reformar algunas disposición legales.
Para lo cual  sugerimos alguna observación:

En el  Art. 73, de las Garantías. Incorpórese un inciso al final del  Art. 73 que diga:

En lo que concierne a los actores de la Economía Popular y Solidaria, es relevante acotar que en normas técnicas de contratación, se sugiere flexibilidad, en lo referente a las garantías las mismas que podrían ser, los activos fijos que posean las organizaciones, micro, pequeños y medianos productores nacionales.


Salvo su mejor criterio.

 Con sentimientos de distinguida consideración.

Atentamente


Soc. Adriana de la Cruz Gaspar
ASAMBLEÍSTA GUAYAS



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